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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,1201 de agosto de 2026

Acuerdo CREE-24-2026

La CREE aprueba una tarifa transitoria (en lempiras y dólares) para remunerar a usuarios autoproductores residenciales y comerciales por sus excedentes de energía renovable inyectados a la red de ENEE, diferenciando entre media y baja tensión, e instruye a ENEE a ajustar sus sistemas de facturación en 3 meses y a registrar lecturas desde la publicación del acuerdo.

El Acuerdo CREE-24-2026 aprueba de forma transitoria la tarifa que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) deberá aplicar para remunerar los excedentes de energía renovable inyectados a la red por Usuarios Autoproductores residenciales y comerciales (paneles solares y similares). Se fijan dos niveles: Media Tensión con un cargo fijo de L.2,668.17 por abonado-mes y tarifa de inyección de L.2.72/kWh (equivalente a USD 102.69/MWh), y Baja Tensión con cargo fijo de L.64.37 por abonado-mes y tarifa de L.2.22/kWh (USD 83.84/MWh). La tarifa es transitoria y regirá hasta que la CREE desarrolle y apruebe una metodología definitiva, la cual deberá incluir ajustes trimestrales. El marco legal se sustenta en la Ley General de la Industria Eléctrica (Decreto 404-2013, reformada por Decretos 61-2020, 02-2022 y 46-2022), que obliga a las distribuidoras a comprar el excedente de energía renovable de usuarios residenciales y comerciales acreditándolo en la factura mensual, previa aprobación de la tarifa por la CREE; también se invoca el Reglamento de dicha Ley (RLGIE) y el Reglamento del Servicio Eléctrico de Distribución (RSED), así como el modelo tarifario CALCUTA aprobado por la CREE en 2016 para descontar los porcentajes de inversión y OyM de las redes de distribución (25%) y transmisión (40%) ya reconocidos en la tarifa de media tensión. El acuerdo surge de un proceso que incluyó la propuesta de ENEE (oficio GG-190-III-2026), una audiencia pública realizada el 30 de marzo de 2026 en la Secretaría de Energía, e informes técnicos de las Direcciones de Fiscalización y de Regulación de la CREE que identificaron riesgos de subsidios cruzados hacia los autoproductores si no se compensaban los costos de generación de potencia y de la red de transmisión asumidos por la distribuidora en el caso de usuarios de baja tensión. En términos prácticos, el acuerdo obliga a ENEE a adecuar sus sistemas comerciales y de facturación en un plazo de tres meses desde la publicación, y a registrar desde ya las lecturas de energía inyectada para poder calcular retroactivamente los montos adeudados a los usuarios autoproductores, aun cuando la facturación efectiva de los excedentes no se refleje sino hasta junio de 2026. Esto tiene impacto directo para los hogares y comercios que han instalado sistemas de generación renovable (principalmente solar) conectados a la red, ya que por primera vez contarán con una tarifa oficial y cuantificada para el pago de sus excedentes, aunque de forma transitoria hasta la aprobación de una metodología definitiva.

Decreto: CREE-24-2026

La Gaceta N°: 37,120

Vigencia: 18 de abril de 2026 (publicación en La Gaceta)

Resumen: La CREE aprueba una tarifa transitoria (en lempiras y dólares) para remunerar a usuarios autoproductores residenciales y comerciales por sus excedentes de energía renovable inyectados a la red de ENEE, diferenciando entre media y baja tensión, e instruye a ENEE a ajustar sus sistemas de facturación en 3 meses y a registrar lecturas desde la publicación del acuerdo.