El INP clasifica como reservada por 10 años la información sobre planos de centros penitenciarios, fuerza de seguridad, inteligencia penitenciaria (incluidas bases de datos de reclusos y personal) y planes de seguridad, restringiendo el acceso público a estos datos por razones de seguridad del Estado.
El Acuerdo declara y clasifica como información pública reservada, por un plazo de 10 años, cuatro grandes bloques de información del Sistema Penitenciario Nacional: a) planos arquitectónicos y renders/vistas digitales de los centros penitenciarios (incluyendo nombres de diseñadores, ingenieros y arquitectos participantes); b) el estado de fuerza de seguridad penitenciaria (roles de servicio, ubicación y especificaciones de equipos de vigilancia, diagramas de seguridad, informes de riesgo, inventarios de armamento, claves e instrucciones de radiocomunicación); c) informes e información de inteligencia penitenciaria (estrategias de búsqueda de información, bases de datos, hojas de servicio y expedientes del personal de seguridad e inteligencia con excepción de su remuneración, información de informantes y colaboradores, y bases de datos de privados de libertad con nombres, reseña, clasificación, ubicación y padrón fotográfico); y d) planes de seguridad (órdenes de operaciones, protocolos, planes de contingencia y demás documentos operativos). El fundamento legal combina el artículo 87 constitucional, los artículos 7, 8 y 12-16 de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, y los artículos 16 a 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública junto con sus artículos reglamentarios 26 a 33, además de los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de información reservada y los Principios de Tshwane sobre seguridad nacional y derecho a la información. El Acuerdo señala como antecedente que en 2022 el entonces Director del INP ya había tramitado ante el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) una solicitud de clasificación como reservada (Acuerdo 03-2022), la cual fue resuelta parcialmente con lugar mediante la Resolución SO-669-2023 del IAIP; el nuevo Acuerdo 004-2026, emitido por el Comisionado Presidente de la Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, formaliza y detalla nuevamente dicha clasificación por el período legal máximo de diez años. En la práctica, esta clasificación restringe el ejercicio del derecho de acceso a la información pública respecto de un amplio universo de datos penitenciarios —desde planos de las cárceles hasta bases de datos de personas privadas de libertad y personal de seguridad— durante una década, invocando razones de seguridad del Estado. Esto afecta a periodistas, organizaciones de derechos humanos, investigadores y ciudadanos que busquen fiscalizar las condiciones o la seguridad de los centros penales, quienes verán denegadas sus solicitudes de información sobre estos temas ante el IAIP; también impacta a contratistas (arquitectos, ingenieros) cuyos datos de participación en proyectos penitenciarios quedan protegidos por la reserva, y obliga a los abogados que litiguen accesos a la información sobre el sistema penitenciario a considerar esta clasificación como límite expreso a sus pretensiones.
Decreto: 004-2026
La Gaceta N°: 37,157
Vigencia: 28 de abril de 2026
Resumen: El INP clasifica como reservada por 10 años la información sobre planos de centros penitenciarios, fuerza de seguridad, inteligencia penitenciaria (incluidas bases de datos de reclusos y personal) y planes de seguridad, restringiendo el acceso público a estos datos por razones de seguridad del Estado.