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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,15728 de julio de 2026

Acuerdo No. 004-2026 del Instituto Nacional Penitenciario (clasificación de información reservada)

El INP clasifica como reservada por 10 años la información sobre planos de centros penitenciarios, fuerza de seguridad, inteligencia penitenciaria (incluidas bases de datos de reclusos y personal) y planes de seguridad, restringiendo el acceso público a estos datos por razones de seguridad del Estado.

El Acuerdo declara y clasifica como información pública reservada, por un plazo de 10 años, cuatro grandes bloques de información del Sistema Penitenciario Nacional: a) planos arquitectónicos y renders/vistas digitales de los centros penitenciarios (incluyendo nombres de diseñadores, ingenieros y arquitectos participantes); b) el estado de fuerza de seguridad penitenciaria (roles de servicio, ubicación y especificaciones de equipos de vigilancia, diagramas de seguridad, informes de riesgo, inventarios de armamento, claves e instrucciones de radiocomunicación); c) informes e información de inteligencia penitenciaria (estrategias de búsqueda de información, bases de datos, hojas de servicio y expedientes del personal de seguridad e inteligencia con excepción de su remuneración, información de informantes y colaboradores, y bases de datos de privados de libertad con nombres, reseña, clasificación, ubicación y padrón fotográfico); y d) planes de seguridad (órdenes de operaciones, protocolos, planes de contingencia y demás documentos operativos). El fundamento legal combina el artículo 87 constitucional, los artículos 7, 8 y 12-16 de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, y los artículos 16 a 32 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública junto con sus artículos reglamentarios 26 a 33, además de los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de información reservada y los Principios de Tshwane sobre seguridad nacional y derecho a la información. El Acuerdo señala como antecedente que en 2022 el entonces Director del INP ya había tramitado ante el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) una solicitud de clasificación como reservada (Acuerdo 03-2022), la cual fue resuelta parcialmente con lugar mediante la Resolución SO-669-2023 del IAIP; el nuevo Acuerdo 004-2026, emitido por el Comisionado Presidente de la Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional, formaliza y detalla nuevamente dicha clasificación por el período legal máximo de diez años. En la práctica, esta clasificación restringe el ejercicio del derecho de acceso a la información pública respecto de un amplio universo de datos penitenciarios —desde planos de las cárceles hasta bases de datos de personas privadas de libertad y personal de seguridad— durante una década, invocando razones de seguridad del Estado. Esto afecta a periodistas, organizaciones de derechos humanos, investigadores y ciudadanos que busquen fiscalizar las condiciones o la seguridad de los centros penales, quienes verán denegadas sus solicitudes de información sobre estos temas ante el IAIP; también impacta a contratistas (arquitectos, ingenieros) cuyos datos de participación en proyectos penitenciarios quedan protegidos por la reserva, y obliga a los abogados que litiguen accesos a la información sobre el sistema penitenciario a considerar esta clasificación como límite expreso a sus pretensiones.

Decreto: 004-2026

La Gaceta N°: 37,157

Vigencia: 28 de abril de 2026

Resumen: El INP clasifica como reservada por 10 años la información sobre planos de centros penitenciarios, fuerza de seguridad, inteligencia penitenciaria (incluidas bases de datos de reclusos y personal) y planes de seguridad, restringiendo el acceso público a estos datos por razones de seguridad del Estado.