El SAR prorroga hasta el 6 de abril de 2026 el plazo para presentar y pagar todas las obligaciones tributarias formales y materiales que vencían el 30 y 31 de marzo de 2026.
El Director Ejecutivo del Servicio de Administración de Rentas (SAR) acordó prorrogar hasta el lunes 6 de abril de 2026 el plazo para la presentación y/o entero de todas las obligaciones tributarias formales y materiales cuyo vencimiento original correspondía al 30 y 31 de marzo de 2026. La medida se fundamenta en las facultades del Director Ejecutivo del SAR para emitir acuerdos que faciliten el cumplimiento eficiente de las disposiciones tributarias, conforme al Código Tributario (Decreto Legislativo No. 170-2016), particularmente los artículos 195, 197, 198 y 199 que regulan la naturaleza desconcentrada del SAR y las atribuciones de su Director Ejecutivo, así como el artículo 14 numeral 7) sobre el cómputo de plazos que vencen en día inhábil. El acuerdo fue suscrito por el nuevo Director Ejecutivo del SAR, Mario Roberto Zerón Suazo, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 044-2026, y refrendado por la Secretaria General Ana del Carmen Ardón Aguilar, nombrada mediante Acuerdo Ejecutivo No. 203-2026, ambos de reciente designación en 2026, lo que sugiere que la prórroga responde a un reacomodo administrativo interno del SAR durante el cambio de autoridades, aunque el texto no explicita una causa específica adicional para la extensión de plazos. En términos prácticos, este acuerdo beneficia directamente a todos los contribuyentes —personas naturales y jurídicas— obligados a presentar declaraciones o realizar pagos tributarios con vencimiento en las fechas señaladas, otorgándoles seis días adicionales sin que ello configure mora, recargos o sanciones por presentación o pago tardío. Para las empresas y sus asesores contables y fiscales, la prórroga representa un alivio operativo de corto plazo en el cumplimiento de cierres de fin de mes o trimestre, evitando gestiones apresuradas y posibles errores en declaraciones tributarias masivas.
Decreto: SAR-76-2026
La Gaceta N°: 37,116
Vigencia: 27 de marzo de 2026
Resumen: El SAR prorroga hasta el 6 de abril de 2026 el plazo para presentar y pagar todas las obligaciones tributarias formales y materiales que vencían el 30 y 31 de marzo de 2026.