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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,16825 de junio de 2026

Aprobación de estructura técnica y administrativa de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior

Se aprueba la estructura técnica y administrativa de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE) para garantizar la excelencia operativa en la administración del comercio exterior de Honduras. La estructura incluye trece unidades clave, con el Comisionado Presidencial como máxima autoridad y la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales asumiendo las competencias de entidades antecesoras. El personal debe reunir estándares de idoneidad técnica especializada.

Cambio principal: Aprobación de estructura técnica y administrativa de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior

El Decreto Ejecutivo Número 017-2026, emitido el 10 de junio de 2026, aprueba la estructura técnica y administrativa de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE), entidad desconcentrada de la Presidencia de la República creada mediante Decreto Ejecutivo PCM-006-2026 del 11 de marzo de 2026. La OPCE es el ente técnico responsable de la formulación y evaluación de la política de comercio exterior y la administración general del régimen de comercio exterior, incluyendo la administración de acuerdos multilaterales de la OMC, acuerdos comerciales preferenciales e instrumentos de integración económica centroamericana.

La estructura aprobada comprende: Comisionado Presidencial, Subcomisionado Presidencial, Dirección del Despacho, Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales, Misión Permanente ante la OMC, Dirección de Inteligencia y Análisis Económico, Dirección de Tecnologías de la Información, Secretaría General, Gerencia Administrativa, Dirección de Planificación, Cooperación y Gestión por Resultados, Unidad de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales, y Unidad de Auditoría Interna. La Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales asume por sucesión competencial las funciones de la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial (DGIEPC) y la Dirección General de Administración y Negociación de Tratados (DGANT).

El Comisionado Presidencial está facultado para organizar internamente la OPCE mediante resoluciones y manuales de procedimientos. El personal debe ser técnico y altamente calificado. El patrimonio de la OPCE está constituido por asignaciones presupuestarias, bienes trasferidos, propiedad intelectual generada, herencias, legados, donaciones, recursos de cooperación técnica internacional y transferencias de la Presidencia o SEFIN. El decreto es de ejecución inmediata.

Otra novedad de esta Gaceta: Autorización de implementación de acuerdo marco para no aplicación temporal del ajuste de tarifa de peaje

El Decreto Ejecutivo Número 018-2026, emitido el 11 de junio de 2026, autoriza a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), en su condición de concedente, para implementar, ejecutar y realizar el seguimiento administrativo de la 'Ampliación al Acuerdo Marco para la No Aplicación del Ajuste de la Tarifa de Peaje' suscrito en fecha 27 de enero de 2026 con la Concesionaria Vial Honduras, S.A. de C.V.

(COVI Honduras). Este acuerdo extiende temporalmente la suspensión del reajuste tarifario hasta el 31 de agosto de 2026.

La medida se justifica como extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, específicamente para mitigar el impacto económico sobre la población, el transporte, la logística nacional, las empresas, el comercio nacional y el costo de vida, considerando los altos costos de combustibles y derivados del petróleo que aún con subsidios del gobierno generan enormes esfuerzos económicos adicionales. El decreto garantiza la continuidad de la prestación del servicio concesionado y la estabilidad de la relación contractual derivada del Contrato de Concesión del Proyecto 'Corredor Logístico Goascorán - Villa de San Antonio y Tegucigalpa - San Pedro Sula - Puerto Cortés' del 24 de julio de 2012, aprobado mediante Decreto Legislativo 204-2012.

Se instruye a la SEFIN y la SIT ejecutar las adecuaciones presupuestarias necesarias conforme a la disponibilidad presupuestaria y normativa aplicable del Sistema de Administración Financiera del Estado. La SIT, en coordinación con la Superintendencia de Alianza Público-Privada (SAPP) y la SEFIN, debe realizar validación técnica, financiera y contractual de los montos derivados de la diferencia tarifaria.

La ejecución debe realizarse conforme al Contrato de Concesión, Ley Orgánica del Presupuesto y normativa aplicable. El decreto es de ejecución inmediata.

Otra novedad de esta Gaceta: Reforma a Ley General de Pesca y Acuicultura

El Acuerdo SAG-191-2026, emitido el 29 de mayo de 2026 por la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, reforma el Acuerdo Ministerial SAG-166-2025 mediante la modificación de su numeral PRIMERO. La reforma extiende la autorización de pesca de pepino de mar (Holothuria mexicana) desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 20 de junio de 2026, en lugar de la fecha original del 31 de mayo de 2026.

Este cambio se realiza reconociendo que se encuentra en proceso la formulación del Plan de Manejo de la Pesquería de Pepino de Mar conforme al Artículo 15 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. La extensión del período obedece a investigaciones técnicas y científicas desarrolladas por la Dirección General de Pesca y Acuicultura desde la temporada 2014-2015, garantizando el aprovechamiento sostenible del recurso en el Caribe de Honduras y respetando los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes de la región, especialmente en los 54 Cayos Misquitos.

Los demás numerales del Acuerdo SAG-166-2025 permanecen vigentes. El presente acto es de ejecución inmediata.

Numeral PRIMERO del Acuerdo Ministerial SAG-166-2025 — La Gaceta N° 37,168

Autorizar la pesca de pepino de mar (Holothuria mexicana) desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 20 de junio de 2026, bajo lineamientos especiales descritos en el presente Acuerdo, debido a que se encuentra en proceso la formulación del Plan de Manejo de la Pesquería de Pepino de Mar (Holothuria mexicana).

Otra novedad de esta Gaceta: Derogación de Acuerdo Número 0002 emitido por la SIT

El Acuerdo Ejecutivo Número 037-DP-2026, emitido el 1 de junio de 2026, deja sin valor y efecto el Acuerdo Número 0002 emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) en fecha 31 de mayo de 2022 y publicado en el Diario Oficial 'La Gaceta' de fecha 11 de junio de 2022. Esta derogación se produce en el contexto de la delegación de la Presidencia de la Junta Directiva de la Fundación para el Desarrollo de la Vivienda Social, Urbana y Rural (FUNDEVI) en la ciudadana Francis Yolanda Argeñal Echenique, Secretaria de Estado en los Despachos de la Vivienda y Asentamientos Humanos.

La delegación responde a la necesidad de alinear la rectoría de la política de vivienda con lo establecido en la Ley Marco de Vivienda y Asentamientos Humanos (Decreto 173-2019) y en el Decreto Ejecutivo PCM-004-2026, que incorporó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Vivienda y Asentamientos Humanos en la Administración Pública centralizada. La delegada debe someter al Presidente de la República aquellos asuntos que por su naturaleza, trascendencia institucional o impacto estratégico requieran orientación, aprobación o decisión superior, mantenerlo informado permanentemente sobre gestiones y actuaciones administrativas, y rendir informes periódicos y especiales según lo requerido.

El Acuerdo es de ejecución inmediata.

Esta ficha es un briefing editorial de Biblioteca Legal HN. El texto oficial está en La Gaceta N° 37,168; si hay una ley relacionada, el articulado vigente está en la colección enlazada.