Descargo de créditos tributarios firmes de menor cuantía
El SAR autoriza el descargo automático de deudas tributarias firmes cuyo monto acumulado no exceda un salario mínimo promedio (L.13,985.16). El descargo aplica sobre obligaciones al 31 de diciembre de 2025, se ejecuta sin perjuicio de futuras verificaciones, y excluye tributos retenidos. La medida facilita el cumplimiento tributario de contribuyentes con obligaciones menores y reduce trámites administrativos.
Descargo de créditos tributarios firmes de menor cuantía
El acuerdo SAR-43-2026, emitido por el Director Ejecutivo Mario Roberto Zerón Suazo el 23 de febrero de 2026, autoriza el descargo de créditos tributarios firmes a favor del Estado, cuyo monto acumulado no supere un salario mínimo promedio vigente. Para efectos de este acuerdo, el monto establecido es de L.13,985.16, conforme al Acuerdo Ejecutivo SETRASS-109-2024 publicado el 21 de marzo de 2024.
El descargo rige sobre obligaciones tributarias causadas al 31 de diciembre de 2025 y se ejecuta sin perjuicio de la facultad de la Administración Tributaria de verificar, fiscalizar y comprobar las declaraciones relacionadas. Se exceptúan expresamente las obligaciones tributarias derivadas de tributos retenidos, en virtud de que estos constituyen montos que fueron pagados por el sujeto pasivo principal y su eliminación los convertiría en valores apropiados indebidamente.
La Dirección Nacional de Cumplimiento Tributario es responsable de informar a la Dirección Ejecutiva el detalle certificado de las operaciones realizadas, y la Dirección Nacional de Tecnología debe conservar un respaldo de las obligaciones afectadas para efectos de verificación y auditoría posterior. El acuerdo entra en vigencia a partir de su fecha de emisión.
Esta ficha es un briefing editorial de Biblioteca Legal HN. El texto oficial está en La Gaceta N° 37,077; si hay una ley relacionada, el articulado vigente está en la colección enlazada.
Publicada en:
La Gaceta N° 37,077 de Honduras