El Congreso Nacional decreta que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) asigne, en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República correspondiente al año 2026 y subsiguientes, una partida presupuestaria anual de DOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.2,000,000.00) destinada a apoyar las labores sociales y humanitarias de la 'Obra Hermanas de Jesús Buen Samaritano' en el Departamento de Cortés. Los fondos deben destinarse exclusivamente al sostenimiento de programas de atención, alimentación, medicamentos, terapias, cuidados médicos, rehabilitación y demás necesidades de las personas residentes en el hogar administrado por dicha congregación, que atiende a personas con discapacidades severas y enfermedades crónicas. El decreto se fundamenta en la atribución constitucional del Congreso Nacional (Artículo 205, numeral 1, de la Constitución) para crear, decretar, interpretar, reformar y derogar leyes, así como en los fines esenciales del Estado de proteger a la persona humana y a los sectores vulnerables. El texto establece un mecanismo de control: la entrega de la asignación de cada período queda condicionada a la presentación y aprobación de la liquidación del período anterior ante SEFIN, con informes financieros y de ejecución, y los recursos quedan sujetos a los mecanismos de fiscalización de la legislación hondureña y a auditoría por instituciones competentes. El antecedente que motiva el decreto es la labor humanitaria que realiza dicha congregación religiosa, que según los considerandos suple necesidades esenciales de una población altamente vulnerable que en muchos casos carece de redes de apoyo familiar y recursos económicos. En términos prácticos, esto implica una obligación legal concreta para SEFIN de incluir año con año esta partida en el Presupuesto General, generando un compromiso fiscal recurrente del Estado hacia una institución privada sin fines de lucro. Para la propia Obra Hermanas de Jesús Buen Samaritano implica la obligación de rendición de cuentas periódica como condición para recibir los fondos futuros, y para el sistema de fiscalización pública representa un nuevo objeto de auditoría y control presupuestario específico.
Decreto: 48-2026
La Gaceta N°: 37,123
Vigencia: 22 de abril de 2026 (fecha de publicación)
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