Decreto de creación de la Comisión para la Gestión Universitaria de la UNAG
El decreto crea la Comisión para la Gestión Universitaria de la Universidad Nacional de Agricultura (UNAG), integrada por cinco personas (dos designadas por el Congreso Nacional, una representante de la Secretaría de Agricultura y Ganadería -SAG-, un alumno egresado refrendado por la SAG y un representante del Consejo Superior Universitario de la UNAH que la preside), con duración de doce meses prorrogables. De forma explícita, el Artículo 2 suspende las atribuciones contenidas en el Artículo 39, incisos a), b), c), h) e i) del Estatuto de la UNAG (publicado en La Gaceta No. 34,525 del 23 de diciembre de 2017), atribuciones que pasan a ser ejercidas por la nueva Comisión, la cual se constituye como máximo órgano administrativo hasta que se designen el nuevo Consejo Superior Universitario, la Junta de Dirección Universitaria (JDU) y la Rectoría. Entre sus facultades detalladas en el Artículo 5 destacan: seleccionar y nombrar (o revocar) a los miembros de la JDU mediante concurso público en un plazo máximo de tres meses, continuar los trámites iniciados por la JDU, acompañar la elección de representantes estudiantiles, solicitar informes presupuestarios, revisar procesos de adquisición de bienes y servicios, presentar un plan de rescate administrativo, emitir un informe de hallazgos sobre gestiones anteriores y velar por los procesos de elección de autoridades entre 2026 y 2027. La Comisión debe rendir informes trimestrales al Congreso y al Poder Ejecutivo y cuenta con auditoría forense del Tribunal Superior de Cuentas. El decreto reconstruye el marco histórico de la institución: creada como Escuela Granja Demostrativa (Decreto 35 de 1950), transformada en Escuela Nacional de Agricultura (Decreto 222-93), certificada como educación superior (Acuerdo 314-68-95) y convertida en universidad mediante Decreto 192-2001, con su Estatuto actual derivado del Decreto 172-2016. El antecedente inmediato es el Decreto 47-2022, que creó la 'Comisión de Concurso y Acompañamiento' con funciones similares, pero que -según el propio decreto- solo cumplió parcialmente su mandato (revocó nombramientos de la JDU y seleccionó rector y comisionado universitario, mas no reformó la normativa interna), generando cuestionamientos sobre legitimidad y transparencia en la comunidad universitaria. En la práctica, esto implica una intervención temporal y excepcional en el gobierno interno de una universidad pública, desplazando al Consejo Superior Universitario de varias de sus competencias estatutarias mientras dure la Comisión, con impacto directo en estudiantes, personal docente y administrativo, y en los procesos de elección de autoridades académicas previstos para 2026-2027.
Decreto: Decreto No. 9-2026
La Gaceta N°: 37,069
Vigencia: 13 de febrero de 2026
Resumen: undefined