El Congreso Nacional decretó la dispensa o exoneración a la Mancomunidad de Municipios del Norte, en el Departamento de El Paraíso, del pago de derechos arancelarios a la importación, impuestos, tasas, sobretasas aduaneras, cargos, recargos, almacenaje o parqueo y cualquier otro tributo relacionado con la importación y nacionalización de tres ambulancias marca Toyota, modelo 2014 y 2015, identificadas individualmente con sus números de motor y chasis. Las unidades fueron donadas por el Gobierno de Japón y se destinarán dos al Hospital Gabriela Alvarado y una a la Clínica de Diálisis de Danlí, ambos en El Paraíso. El marco legal invocado incluye el principio de legalidad tributaria del Código Tributario, que exige que toda exención o beneficio fiscal sea creado mediante ley formal expresa, así como la atribución del Congreso Nacional bajo el Artículo 205 numeral 1 de la Constitución para decretar, interpretar, reformar y derogar leyes. El decreto instruye expresamente a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y a la Administración Aduanera de Honduras (AAH) para realizar las diligencias necesarias que permitan hacer efectiva la exoneración y la introducción de los vehículos. Según los considerandos, la medida responde a una situación de emergencia sanitaria estructural en zonas rurales de El Paraíso, donde el traslado oportuno de pacientes a centros hospitalarios puede significar la diferencia entre la vida y la muerte, y busca además promover la autonomía de las municipalidades mancomunadas en materia de equipamiento de salud. En la práctica, este decreto exime a las municipalidades beneficiarias de cargas tributarias específicas sobre bienes donados destinados a servicios de salud pública, sin generar un precedente de exención general, ya que aplica únicamente a los tres vehículos identificados individualmente por número de chasis y motor. El beneficio recae directamente sobre la Mancomunidad y los centros de salud receptores, mientras que SEFIN y AAH quedan obligadas a ejecutar administrativamente la exoneración.
Decreto: 29-2026
La Gaceta N°: 37,103
Vigencia: 25 de marzo de 2026
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