Sustituye el subsidio eléctrico universal de 1-150 kWh por un esquema focalizado con 318,338 beneficiarios estimados, vigente del 1 de julio al 30 de septiembre de 2026, con costeo compartido 60% SEFIN / 40% subsidio cruzado.
El decreto sustituye el subsidio eléctrico universal que cubría el total de la factura de usuarios residenciales de la ENEE con consumos de 1 a 150 kWh, por un esquema focalizado construido a partir de un modelo técnico desarrollado por la ENEE (a través de su Unidad Técnica de Control de Distribución) junto con la Secretaría de Energía (SEN), que segmenta y categoriza a los usuarios según información operativa, comercial y georreferenciada. Bajo este nuevo esquema se identifica un universo estimado de 318,338 beneficiarios, con un costo mensual aproximado de L.122,583,698.22 y un costo total durante la vigencia del decreto (1 de julio al 30 de septiembre de 2026) de L.367,751,094.66, de los cuales SEFIN cubrirá el 60% y el 40% restante se trasladará mediante subsidio cruzado a clientes no residenciales, exceptuando a los pequeños comercios de baja tensión con consumos iguales o inferiores a 3,000 kWh (MIPYMES amparadas en el Decreto Legislativo 02-2022). El decreto se sustenta en el Artículo 31 de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión (Decreto 278-2013), que faculta a las instituciones del Poder Ejecutivo a implementar mecanismos de focalización de subsidios, y en las atribuciones constitucionales del Presidente en materia económica y financiera (Artículo 245, numerales 19, 20 y 30 de la Constitución). El antecedente directo es el Decreto Ejecutivo PCM 42-2025, que había ordenado expresamente a la ENEE y la SEN continuar el proceso de profundización de la focalización del subsidio para que llegara efectivamente a las familias en pobreza extrema, así como el Decreto Ejecutivo 012-2026 (vigente hasta el 30 de junio de 2026), que otorgaba el subsidio de forma universal a todos los usuarios en ese rango de consumo sin distinción de nivel de ingresos. En términos prácticos, un número significativo de hogares que hasta junio de 2026 recibían el subsidio de manera automática por su nivel de consumo podrían dejar de recibirlo si no califican bajo los nuevos criterios socioeconómicos del modelo técnico, aunque el decreto habilita un mecanismo de revisión de exclusiones (Artículo 4) sin garantía de incorporación inmediata por sujeción presupuestaria. Para las empresas y comercios no residenciales (salvo las MIPYMES exceptuadas) se mantiene la carga del subsidio cruzado del 40%, y ENEE, SEN y CREE quedan obligadas a reportes y verificaciones mensuales de cumplimiento.
Decreto: 020-2026
La Gaceta N°: 37,182
Vigencia: 1 de julio de 2026
Resumen: Sustituye el subsidio eléctrico universal de 1-150 kWh por un esquema focalizado con 318,338 beneficiarios estimados, vigente del 1 de julio al 30 de septiembre de 2026, con costeo compartido 60% SEFIN / 40% subsidio cruzado.