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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,0912 de agosto de 2026

Decreto Ejecutivo Número PCM-006-2026 - Creación de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)

Crea la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE) como ente desconcentrado de la Presidencia, dirigido por un Comisionado Presidencial con rango de Secretario de Estado, que asume todas las funciones de la Subsecretaría de Integración Económica y Comercio Exterior de la Secretaría de Desarrollo Económico, incluyendo la formulación de política comercial, negociación de tratados, representación ante la OMC y administración de mecanismos de defensa comercial y solución de controversias.

El decreto crea la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE) como ente desconcentrado de la Presidencia de la República, a cargo de un Comisionado Presidencial con rango de Secretario de Estado que reporta directamente al Presidente. La OPCE asume la formulación y evaluación de la política de comercio exterior y la administración general del régimen de comercio exterior, absorbiendo todas las funciones que hasta ahora ejercía la Subsecretaría de Integración Económica y Comercio Exterior de la Secretaría de Desarrollo Económico, incluyendo la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial, la Dirección General de Administración y Negociación de Tratados y la Misión Permanente de Honduras ante la Organización Mundial de Comercio (OMC). Entre sus 12 competencias específicas (Artículo 4) destacan: formular y evaluar la política de comercio exterior preferencial y no preferencial; formular y ejecutar las políticas de integración económica centroamericana, incluida la negociación de acuerdos; representar a Honduras ante la OMC y en foros comerciales internacionales; dirigir negociaciones comerciales preferenciales; administrar acuerdos comerciales vigentes y mecanismos de solución de controversias Estado-a-Estado; apoyar a la Procuraduría General en controversias inversionista-Estado; y administrar mecanismos de defensa comercial de la producción nacional. La OPCE deberá coordinar con la Secretaría de Desarrollo Económico en materia de trámites de exportación y la Ventanilla Única de Comercio Exterior. El fundamento jurídico invocado son los Artículos 245 (numerales 2, 11, 30 y 45), 248, 252 y 255 de la Constitución, y los Artículos 11, 12, 14, 15, 17, 18, 22 numeral 3), 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública, que facultan al Presidente a organizar su gabinete y al Consejo de Secretarios de Estado a crear, modificar o suprimir dependencias públicas. El decreto justifica la reforma en que las exportaciones representan cerca del 43% del PIB y el índice de apertura comercial ronda el 106% en los últimos quince años, considerando el sector externo un eje estratégico para la competitividad, la inversión, el empleo y la reducción de la pobreza. En términos prácticos, se instruye a SEFIN identificar y trasladar los recursos presupuestarios (Institución 290, Programa 12, Actividades 001 a 004, Fuente 11) a la nueva estructura, y a la Secretaría de Desarrollo Económico transferir personal, mobiliario, equipos, documentación y archivos a la OPCE. Se establece un régimen de transición: las estructuras administrativas previas seguirán operando hasta la migración completa, los trámites ya iniciados conservan validez y plazos, y se autoriza el uso temporal de plataformas informáticas (incluida la plataforma SOL), papelería y sellos de las direcciones anteriores bajo la nueva jerarquía de la OPCE. Para empresas exportadoras, gremios y negociadores comerciales, esto implica un nuevo interlocutor institucional de mayor jerarquía política (rango de Secretario de Estado) para gestiones de comercio exterior, integración centroamericana y disputas comerciales internacionales.

Decreto: PCM-006-2026

La Gaceta N°: 37,091

Vigencia: 11 de marzo de 2026 (ejecución inmediata)

Resumen: Crea la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE) como ente desconcentrado de la Presidencia, dirigido por un Comisionado Presidencial con rango de Secretario de Estado, que asume todas las funciones de la Subsecretaría de Integración Económica y Comercio Exterior de la Secretaría de Desarrollo Económico, incluyendo la formulación de política comercial, negociación de tratados, representación ante la OMC y administración de mecanismos de defensa comercial y solución de controversias.