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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,1511 de agosto de 2026

Decreto No. 87-2026 (Ratificación y ampliación de funciones de CONDEPOR)

Decreto legislativo que ratifica la creación de CONDEPOR y la adscripción de la DNPR, amplía sus objetivos incorporando la prevención de la violencia y el delito como eje central, crea la Unidad de Deporte para la Paz, y autoriza de forma excepcional a CONDEPOR a realizar contrataciones durante el ejercicio fiscal 2026 sin sujetarse a los límites del Artículo 103 de las Disposiciones Generales del Presupuesto.

El Congreso Nacional ratifica el Decreto Ejecutivo PCM 18-2023 mediante el cual se creó la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) como ente desconcentrado de la Presidencia de la República, con personalidad jurídica, patrimonio y competencia propia y autonomía técnica-administrativa y financiera. Asimismo ratifica el Artículo 14 del Decreto Ejecutivo PCM-004-2026, que adscribió la Dirección Nacional de Parques y Recreación (DNPR) como dependencia interna de CONDEPOR. Además de la ratificación, el Decreto amplía sustancialmente los objetivos institucionales de CONDEPOR incorporando como eje central la prevención de la violencia y el delito, focalizando recursos y proyectos deportivos en zonas de alta vulnerabilidad, incluyendo infraestructura, programas de formación continua, alianzas interinstitucionales e investigaciones reservadas en materia de prevención. El decreto crea dentro de la estructura orgánica de CONDEPOR (adicional a la descrita en el Artículo 5 del Decreto PCM-18-2023) la 'Unidad de Deporte para la Paz', encargada de diseñar, ejecutar y monitorear proyectos de prevención de violencia como talleres, torneos, parques y escuelas deportivas para niños, niñas y adolescentes en zonas vulnerables, en colaboración con la Policía Nacional y la sociedad civil. También autoriza a CONDEPOR a reformular proyectos en ejecución pendientes de recepción y a suscribir convenios de cooperación, y faculta a la SEFIN para realizar las operaciones presupuestarias, financieras y contables necesarias en el presupuesto de CONDEPOR para el ejercicio fiscal 2026. El decreto se fundamenta en los Considerandos sobre el rol del deporte como herramienta de prevención de la delincuencia juvenil según estudios de la UNODC y la Declaración de Doha del 13º Congreso de Naciones Unidas sobre Prevención del Delito, así como en la necesidad de dotar a CONDEPOR de capacidad operativa tras la adscripción de la DNPR. Se invoca el Artículo 205 de la Constitución que faculta al Congreso Nacional para crear, decretar, interpretar, reformar y derogar leyes. La implicación práctica más relevante es la autorización excepcional (Artículo 6) para que durante el ejercicio fiscal 2026 CONDEPOR realice contrataciones de bienes, servicios, consultorías, arrendamientos, mantenimiento y suministros sin sujetarse a los umbrales del Artículo 103 de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, lo que constituye una excepción significativa al régimen ordinario de contratación estatal, con efectos sobre proveedores, contratistas y el control del gasto público en esta institución durante el año en curso.

Decreto: DEC 87-2026

La Gaceta N°: 37,151

Vigencia: 26 de mayo de 2026

Resumen: Decreto legislativo que ratifica la creación de CONDEPOR y la adscripción de la DNPR, amplía sus objetivos incorporando la prevención de la violencia y el delito como eje central, crea la Unidad de Deporte para la Paz, y autoriza de forma excepcional a CONDEPOR a realizar contrataciones durante el ejercicio fiscal 2026 sin sujetarse a los límites del Artículo 103 de las Disposiciones Generales del Presupuesto.