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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,1371 de agosto de 2026

Estatutos de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Aldea Sicatacare, Municipio de Santa Ana, Departamento de Francisco Morazán

Otorgamiento de personalidad jurídica y aprobación de estatutos a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Aldea Sicatacare, Santa Ana, Francisco Morazán, mediante Resolución No. 1556-2025.

La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización concede personalidad jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Aldea Sicatacare, Municipio de Santa Ana, Departamento de Francisco Morazán, y aprueba sus 29 artículos estatutarios que rigen su constitución, objetivos, membresía, órganos de gobierno (Asamblea de Usuarios, Junta Directiva de siete miembros, y tres Comités de Apoyo: Operación y Mantenimiento, Saneamiento y Educación, y Microcuencas), patrimonio, disolución y liquidación. La organización se define como asociación de servicio comunal, sin fines de lucro y de duración indefinida, cuyo fin es la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de la comunidad. El marco legal invocado incluye el artículo 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, los artículos 34 al 39 de su Reglamento General, el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República, los artículos 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública, los artículos 56 y 58 del Código Civil, y los artículos 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo, además del Decreto Ejecutivo No. 002-2002 que delega la competencia al Secretario de Gobernación y el Acuerdo de delegación N.282-2024. La resolución se originó por solicitud presentada el 25 de junio de 2025 por la apoderada legal de la Junta, tramitada bajo expediente PJ-25062025-327, y fue resuelta el 26 de noviembre de 2025, certificándose el 6 de abril de 2026 para su publicación. En términos prácticos, esto formaliza jurídicamente a la Junta de Agua como persona jurídica capaz de administrar tarifas, recibir donaciones, suscribir convenios y representar a la comunidad de Sicatacare ante entes como ERSAPS y la municipalidad. Debe inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad y en la DIRRSAC, y presentar anualmente estados financieros auditados. Para los habitantes de la aldea implica una estructura formal de cobro de tarifas y rendición de cuentas; para la municipalidad y ERSAPS, un nuevo sujeto de supervisión y fiscalización.

Decreto: Resolución No. 1556-2025

La Gaceta N°: 37,137

Vigencia: 9 de mayo del 2026

Resumen: Otorgamiento de personalidad jurídica y aprobación de estatutos a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Aldea Sicatacare, Santa Ana, Francisco Morazán, mediante Resolución No. 1556-2025.