Creación e implementación de la Unidad de Tesorería en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social
La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social aprueba la creación formal de una Unidad de Tesorería adscrita a la Gerencia Administrativa, con diecisiete funciones operativas específicas en gestión de pagos, fondos y órdenes de pago. La implementación utiliza recursos humanos existentes sin impacto presupuestario adicional, siguiendo recomendación del Tribunal Superior de Cuentas.
Cambio principal: Creación e implementación de la Unidad de Tesorería en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social
El Acuerdo SETRASS-227-2026, emitido el 20 de abril de 2026 por el Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, aprueba la implementación formal de una Unidad de Tesorería adscrita jerárquicamente a la Gerencia Administrativa. El acuerdo responde a la Recomendación No. 4 del Informe de Auditoría Financiera y de Cumplimiento Legal No. 001-2023-DRE-STSS-A, emitido por el Tribunal Superior de Cuentas, que instruyó la creación e incorporación formal de la Tesorería Especial en el organigrama institucional.
La Unidad de Tesorería asume diecisiete funciones específicas: pago a proveedores por bienes y servicios, pago de horas extraordinarias, elaboración y liquidación de viáticos nacionales e internacionales, pago de gastos de representación, administración de fondo rotatorio, elaboración de órdenes de pago para organismos internacionales e instituciones sin fines de lucro, integración del Comité de Compras, custodia y entrega de fondos de prestaciones laborales, elaboración de órdenes de pago por prestaciones laborales, reembolsos, control de correlativos, supervisión de receptores de fondos regionales, elaboración de informes para entes contralores, órdenes de pago por suscripciones de convenios, entrega de comprobantes de retención fiscal, pago de tasa vehicular y asignaciones de la Gerencia Administrativa. Todas estas funciones requieren autorización previa de la Gerencia Administrativa.
El acuerdo señala que la reorganización no generará impacto presupuestario adicional puesto que se realizará mediante reasignación de recursos humanos existentes dentro de la estructura intrainstitucional. Se instruye a la Gerencia Administrativa y a la Subgerencia de Recursos Humanos para coordinar con la Secretaría de Finanzas la incorporación en la estructura programática institucional de las previsiones presupuestarias, creación de plazas, definición de perfiles y clasificación de puestos conforme a normativa vigente.
El acuerdo rige con ejecución inmediata y fue publicado en La Gaceta.
Otra novedad de esta Gaceta: Exoneración de deuda de energía eléctrica a la Cruz Roja Hondureña del Municipio de La Lima
El Decreto 56-2026, emitido por el Congreso Nacional y ejecutado el 15 de abril de 2026, exonera a la Cruz Roja Hondureña del Municipio de La Lima, Departamento de Cortés, del pago de cuatrocientos dos mil novecientos diez lempiras con veintisiete centavos (L.402,910.27). Esta cantidad correspondía a una obligación contraída con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) por consumo de servicio eléctrico.
La exoneración incluye también obligaciones accesorias como intereses, multas o recargos derivados de la deuda principal. El decreto reconoce la naturaleza humanitaria de la institución, su carácter de organismo sin fines de lucro y la labor social que desarrolla en beneficio de la población. El decreto rige a partir de su publicación en La Gaceta.
Esta ficha es un briefing editorial de Biblioteca Legal HN. El texto oficial está en La Gaceta N° 37,132; si hay una ley relacionada, el articulado vigente está en la colección enlazada.
Publicada en:
La Gaceta N° 37,132 de Honduras