Volver a actualizaciones
Nueva LeyLa Gaceta N° 37,2365 de septiembre de 2026

Estructura orgánica de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte con Dirección General de Inversión Social

El Decreto Ejecutivo 024-2026 crea la Dirección General de Inversión Social como dependencia nueva de la Secretaría de Infraestructura y Transporte, con competencia sobre planeamiento, formulación, coordinación, gestión técnica, supervisión y seguimiento de programas y proyectos de inversión social. La SIT debe realizar adecuaciones presupuestarias y administrativas para su funcionamiento. La reforma se ejecuta inmediatamente.

Estructura orgánica de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte con Dirección General de Inversión Social

El Decreto Ejecutivo 024-2026 establece la estructura orgánica definitiva de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) mediante la incorporación de una nueva Dirección General de Inversión Social. La estructura orgánica aprobada comprende diez componentes: Secretario de Estado, Subsecretaría de Obras Públicas, Subsecretaría de Transporte, Secretaría General, Gerencia Administrativa, Dirección General de Desarrollo Vial, Dirección General de Conservación Vial, Dirección General de Infraestructura Nacional, Dirección General de Inversión Social, Auditoría Interna y Unidades de Apoyo.

La Dirección General de Inversión Social es responsable del planeamiento, formulación, coordinación, gestión técnica, supervisión y seguimiento de los programas y proyectos de inversión social que correspondan a la SIT. Esta dirección actúa en coordinación con las demás dependencias sin que su creación implique modificación de competencias ya asignadas. La SIT debe realizar las adecuaciones administrativas, organizacionales y presupuestarias necesarias conforme a legislación aplicable y disponibilidad presupuestaria.

El Decreto también faculta a la SIT para emitir manuales, lineamientos, protocolos e instrumentos técnicos de nivel ministerial que resulten necesarios para operativizar la estructura, definir Unidades de Apoyo, distribuir funciones internas y ejecutar adecuadamente las disposiciones. Si se requieren reglamentos, serán remitidos a Presidencia para aprobación. El instrumento es de ejecución inmediata.

Esta ficha es un briefing editorial de Biblioteca Legal HN. El texto oficial está en La Gaceta N° 37,236; si hay una ley relacionada, el articulado vigente está en la colección enlazada.