Aprobación del Acuerdo Internacional del Café de 2022 (Decreto No. 190-2026)
El Congreso Nacional aprobó el Decreto No. 190-2026, que ratifica el Acuerdo Internacional del Café de 2022 suscrito por Honduras en Londres el 28 de marzo de 2025. Con esta aprobación, el Estado mantiene su membresía en la Organización Internacional del Café y sus obligaciones de contribución y cooperación. El decreto rige desde su publicación en La Gaceta y no reforma leyes internas.
Cambio principal: Aprobación del Acuerdo Internacional del Café de 2022 (Decreto No. 190-2026)
El Congreso Nacional aprobó mediante el Decreto No. 190-2026 el Acuerdo Ejecutivo No. 0013-DGAJTC-2026, de 13 de mayo de 2026, a través del cual el Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, sometió a consideración del Legislativo el Acuerdo Internacional del Café de 2022. Ese tratado fue suscrito por Honduras en Londres el 28 de marzo de 2025 y se presenta como una evolución del Acuerdo de 2007, con el propósito de promover el desarrollo sostenible del sector cafetero, fortalecer la cooperación internacional, estabilizar el mercado y mejorar las condiciones de vida de los productores.
El texto aprobado reproduce el acuerdo completo, incluido su preámbulo, sus quince capítulos y su anexo de coeficientes de conversión del café tostado, descafeinado, líquido y soluble. En lo operativo, el acuerdo crea la base para que la Organización Internacional del Café siga administrando sus disposiciones desde su sede en Londres, mediante un Consejo Internacional del Café en el que los Miembros exportadores e importadores tienen votos distribuidos según su comercio.
Las decisiones se buscan por consenso y, si no es posible, por mayoría distribuida del 70 por ciento de cada sector. Los Miembros se comprometen a informar sobre sus políticas de comercio, a facilitar estadísticas y certificados de origen, y a contribuir a un presupuesto administrativo que se calcula con base en el promedio de su comercio de café.
El acuerdo también contempla la figura de Miembros afiliados del sector privado y de la sociedad civil, y un Grupo de Trabajo público-privado sobre niveles y volatilidad de precios.
Para Honduras, el decreto implica que el Estado mantiene activa su membresía y el compromiso de contribución financiera correspondiente. El artículo 2 dispone que la aprobación entra en vigencia desde su publicación en La Gaceta, y el decreto fue ejecutado por el Poder Ejecutivo el 1 de septiembre de 2026. No reforma leyes internas: su efecto práctico es la incorporación de un tratado multilateral al ordenamiento nacional, con las obligaciones internacionales que de él se derivan.
Otra novedad de esta Gaceta: Remodelación de la cancha de baloncesto del Parque El Obelisco (Decreto No. 207-2026)
Mediante el Decreto No. 207-2026, el Congreso Nacional ordenó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) que incorpore en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República del Ejercicio Fiscal 2027 una partida específica de L.2,151,420.00 para el proyecto denominado "Remodelación de la Cancha de Baloncesto del Parque El Obelisco", ubicado en Comayagüela, Municipio del Distrito Central.
La ejecución queda a cargo de la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR), que debe desarrollar las obras conforme al proyecto técnico, respetando normas de construcción, seguridad estructural, accesibilidad, calidad y eficiencia en el manejo de los fondos. Los recursos se destinan exclusivamente a obras como graderías metálicas techadas, estructura de soporte, pintura especializada de la cancha, garita de vigilancia, estacionamiento, cerramiento perimetral, mejoramiento de la iluminación y obras complementarias.
El decreto invoca que la contratación debe sujetarse a la Ley de Contratación del Estado y su reglamento.
Un punto práctico es la temporalidad: la partida entra al presupuesto del ejercicio 2027, por lo que los fondos no estarán disponibles en el año en curso. Además, CONDEPOR debe remitir al Congreso Nacional y a SEFIN informes trimestrales sobre el avance físico y financiero hasta la conclusión de la obra. El decreto fue firmado el 22 de septiembre de 2026 y ejecutado por el Poder Ejecutivo el 24 de septiembre, y entra en vigencia desde su publicación en La Gaceta.
Esta ficha es un briefing editorial de Biblioteca Legal HN. El texto oficial está en La Gaceta N° 37,263; si hay una ley relacionada, el articulado vigente está en la colección enlazada.
Publicada en:
La Gaceta N° 37,263 de Honduras