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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,0694 de agosto de 2026

Ampliación y restablecimiento del paquete de amnistías tributarias, de servicios públicos y migratorias (Decreto 7-2026)

El Decreto 7-2026 establece un paquete integral de amnistías tributarias, de servicios públicos y migratorias con duración de tres a cuatro meses. Incluye condonación de multas y recargos a nivel municipal y de energía eléctrica, amnistía vehicular y autorización excepcional de importación de vehículos por tres años, amnistía en telecomunicaciones y servicios de agua, amnistía tributaria general, y suspensión temporal de sanciones migratorias para personas vulnerables hasta finales de 2026.

Cambio principal: Ampliación y restablecimiento del paquete de amnistías tributarias, de servicios públicos y migratorias (Decreto 7-2026)

El Decreto 7-2026 establece amnistías múltiples que operan con carácter temporal. En materia municipal, concede tres meses para que contribuyentes paguen tributos sin multas, recargos ni intereses acumulados hasta el 31 de diciembre de 2025, y amplía treinta días los descuentos por pronto pago. Para energía eléctrica (ENEE), otorga tres meses para pagar valores adeudados sin sanciones.

En materia vehicular, autoriza por tres meses el pago de obligaciones con el Instituto de la Propiedad libre de multas y sanciones, respecto a vehículos automotores, motocicletas y tasas viales municipales. Adicionalmente, se abre un período excepcional de tres años para importación, nacionalización y registro de vehículos con placa de otros países sin límite de año de fabricación: vehículos del 2010 hacia atrás pagan diez mil lempiras únicos que incluyen matrícula 2026; vehículos del 2010 en adelante siguen el régimen tributario vigente.

Para Hondutel, se concede amnistía de tres meses en multas, recargos e intereses, permitiendo convenios de pago y autoriza compensaciones para instituciones públicas. Por servicios de agua potable y saneamiento (estatal, municipal, comunitario o concesionado), se amnistían multas, recargos e intereses moratorios hasta el 31 de diciembre de 2025 por período de tres meses.

Se autoriza amnistía tributaria general de cuatro meses para obligaciones materiales o formales incumplidas hasta el 31 de diciembre de 2025, abarcando Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Sobre Venta, aportación solidaria, Impuesto al Activo Neto y retenciones. En materia migratoria, se suspenden temporalmente sanciones administrativas por ingreso por puntos no habilitados para personas migrantes extranjeras en situación de vulnerabilidad hasta el 31 de diciembre de 2026, condicionado a registro biométrico ante el Instituto Nacional de Migración y emisión de permiso de tránsito administrativo.

Se amnistían también multas migratorias cargadas hasta la fecha de vigencia para personas no comprendidas en flujos mixtos vulnerables. Los entes responsables deben reportar en sesenta días el impacto de cada amnistía al Congreso Nacional. El decreto rige desde su publicación.

Otra novedad de esta Gaceta: Creación de Comisión para la Gestión Universitaria en la Universidad Nacional de Agricultura (UNAG) (Decreto 9-2026)

El Decreto 9-2026 crea una Comisión para la Gestión Universitaria en la UNAG como órgano administrativo máximo durante la vigencia de la comisión, ejerciendo función auditora a través del Tribunal Superior de Cuentas y otras entidades externas para garantizar transparencia. La comisión tiene duración de doce meses prorrogables por aprobación del Congreso Nacional y está conformada por cinco personas: dos representantes designados por el Congreso Nacional, un representante de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), un alumno egresado cuyo nombramiento será refrendado por la SAG, y un representante del Consejo Superior Universitario de la UNAH que preside.

Se suspenden expresamente las atribuciones del Consejo Superior Universitario contenidas en los incisos a), b), c), h) e i) del Artículo 39 del Estatuto de la UNAG (publicado en Gaceta 34,525 de 23 de diciembre de 2017), que serán ejercidas por la Comisión. La Comisión tiene amplias atribuciones: seleccionar y nombrar miembros de la Junta de Dirección Universitaria (JDU) por concurso público dentro de tres meses; revocar nombramientos de JDU; continuar trámites iniciados por la JDU; propiciar procesos de elección de representantes estudiantiles; solicitar informes de ejecución presupuestaria; revisar procesos de adquisición; velar por cumplimiento en procesos de elección 2026-2027; presentar plan de rescate administrativo; revisar cumplimiento transparente de funciones de JDU; presentar programa de admisión de estudiantes; solicitar comparecencia de funcionarios y documentos; ejecutar resoluciones propias.

Debe rendir informes trimestrales al Congreso Nacional y Poder Ejecutivo. Tiene facultad de ejecución, planeación y liquidación del presupuesto vigente de la UNAG. En cinco días hábiles la Comisión debe redactar y socializar normas sobre reuniones, convocatoria y decisiones (por mayoría simple). Quórum válido: mitad más uno de sus miembros. Mientras aprueba normativa interna aplicará la Ley General de la Administración Pública. El decreto rige desde su publicación.

Otra novedad de esta Gaceta: Revocación del Acuerdo Ministerial 25-2026 sobre descentralización de servicios de salud (Acuerdo 715-2026 de la Secretaría de Salud)

El Acuerdo 715-2026, emitido por el Subsecretario de Redes Integradas de los Servicios de Salud, revoca de manera total y absoluta el Acuerdo Ministerial 25-2026 de fecha 12 de enero de 2026 (publicado en Gaceta 37,052 del 24 de enero de 2026). El Acuerdo revocado había dispuesto que a partir del 1 de julio de 2026 quedarían cancelados los convenios de gestión que la Secretaría de Salud había suscrito para descentralización de servicios de salud, reincorporándose en su totalidad a la red de servicios centralizada, absorbiendo personal médico-asistencial y administrativo bajo modalidad de contrato (exceptuando personal que gestionaba y administraba fondos).

Con la revocación, se instruye a la Unidad de Gestión Descentralizada continuar en el marco de normativa legal vigente y coordinar la celebración de convenios con prestadores de servicios existentes e identificación de nuevos prestadores. El propósito declarado es garantizar gestión de servicios de salud a través del primer y segundo nivel de atención con calidad, eficiencia y eficacia.

El acuerdo entra en vigor inmediatamente y se publica en La Gaceta.

Otra novedad de esta Gaceta: Derogación de Acuerdo Ministerial 25-2026 sobre descentralización de servicios de salud

El Acuerdo Ministerial 25-2026 (publicado en Gaceta 37,052 del 24 de enero de 2026), que mandaba la centralización de servicios de salud y cancelación de convenios de gestión descentralizada a partir del 1 de julio de 2026, queda derogado de manera total y absoluta por el Acuerdo 715-2026 emitido el 11 de febrero de 2026 por el Subsecretario de Redes Integradas de los Servicios de Salud. El acuerdo revocado pierde todo valor y efecto en todas y cada una de sus partes.

Con esta derogación se restablece la continuidad de la Unidad de Gestión Descentralizada para mantener convenios con prestadores de servicios de salud existentes e identificar nuevos prestadores.

Esta ficha es un briefing editorial de Biblioteca Legal HN. El texto oficial está en La Gaceta N° 37,069; si hay una ley relacionada, el articulado vigente está en la colección enlazada.