Nueva ley especial que exonera de aranceles, ISV y otros tributos la importación de menaje de casa (hasta USD150,000), implementos de trabajo (hasta USD150,000 en 12 meses) y hasta dos vehículos por grupo familiar para hondureños retornados por deportación u otras causas migratorias, y crea la Ventanilla Única del Retorno (VUR) para simplificar los trámites aduaneros, migratorios y de registro vehicular.
El Congreso Nacional crea una ley especial que garantiza el retorno digno de hondureños migrantes y sus familias, permitiendo la introducción al país, libre de derechos arancelarios, Impuesto Sobre Ventas (ISV) y demás tributos, de su menaje de casa (hasta USD 150,000 en valor de aduana, por única vez y por grupo familiar), sus implementos de trabajo (hasta USD 150,000 dentro de los 12 meses siguientes al retorno, excluyendo bienes de consumo o para reventa) y hasta dos vehículos por grupo familiar (uno particular y uno de trabajo), estos últimos con exención de Impuesto a la Primera Matriculación pero sujetos a inalienabilidad por 24 meses. Son beneficiarios los hondureños y su grupo familiar que retornen por deportación, salida voluntaria, vencimiento de su estatus migratorio, o que decidan retornar voluntariamente, incluyendo a quienes provengan de países distintos a Estados Unidos con políticas similares de retorno. La ley crea la Ventanilla Única del Retorno (VUR), integrada por la Administración Aduanera de Honduras, la Unidad de Franquicias Aduaneras de SEFIN, el Instituto Nacional de Migración (INM) y el Instituto de la Propiedad/Registro Vehicular, para tramitar en línea la declaración jurada de domicilio, la solicitud de exención, la Declaración Única Centroamericana (DUCA) y el registro vehicular con anotación de inalienabilidad, habilitando firma electrónica y representación por poder consular. Establece además que la exención tiene rango legal y prevalece por especialidad sobre el Código Tributario y otras leyes especiales, obliga a SEFIN y Aduanas a reglamentar el procedimiento en 90 días, y ordena aforo por gestión de riesgo (canales verde/amarillo/rojo). Los considerandos del decreto justifican la medida en el endurecimiento de las políticas migratorias en Estados Unidos (arrestos interiores, vuelos de deportación, remoción acelerada, según Migration Policy Institute, NBC News y Human Rights First) que ha generado una situación de emergencia humanitaria, y en la dependencia económica de Honduras de las remesas, que superaron los USD 9,743 millones en 2024 (25-26% del PIB). También se señala que el procedimiento aduanero ordinario resultaba excesivamente oneroso para migrantes retornados en condiciones de emergencia, y que otros países de la región ya cuentan con marcos similares. En términos prácticos, los migrantes retornados y sus familias podrán ahorrar montos significativos en tributos de importación dentro de un plazo de 12 meses desde su ingreso al país, aunque deberán cumplir requisitos documentales (lista valorada de bienes, constancia consular, historial migratorio) y quedarán sujetos a control aduanero y a sanciones (incluyendo revocación de la exención, cobro de tributos e intereses, y responsabilidad penal por simulación) si transfieren un vehículo antes de 24 meses o presentan documentación falsa. La VUR articulará también con SEDESOL, municipalidades y cooperación internacional para apoyar empleo y emprendimiento de los retornados durante los primeros 18 meses de vigencia se priorizarán casos de deportación y grupos vulnerables, y SEFIN deberá rendir un informe de ejecución al Congreso a los 24 meses.
Decreto: Decreto No. 73-2026
La Gaceta N°: 37,153
Vigencia: 28 de mayo de 2026
Resumen: Nueva ley especial que exonera de aranceles, ISV y otros tributos la importación de menaje de casa (hasta USD150,000), implementos de trabajo (hasta USD150,000 en 12 meses) y hasta dos vehículos por grupo familiar para hondureños retornados por deportación u otras causas migratorias, y crea la Ventanilla Única del Retorno (VUR) para simplificar los trámites aduaneros, migratorios y de registro vehicular.