Personalidad Jurídica y Estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Fuente de Vida Nueva Concepción
Se otorga personalidad jurídica y se aprueban los estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Fuente de Vida Nueva Concepción, del municipio de El Triunfo, Choluteca, estableciendo su estructura de gobierno, patrimonio, régimen de disolución y obligaciones de rendición de cuentas ante ERSAPS y la Secretaría de Gobernación.
La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, mediante la Resolución No. 1514-2025, concede Personalidad Jurídica a la 'Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Fuente de Vida Nueva Concepción', domiciliada en el caserío Nueva Concepción, aldea Azacualpa, municipio de El Triunfo, departamento de Choluteca, y aprueba en su totalidad el proyecto de estatutos que regirá su funcionamiento. La organización se constituye como una asociación de servicio comunal sin fines de lucro, de duración indefinida, cuyo objeto es la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable y saneamiento de la comunidad, conforme a la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento. Los estatutos aprobados (31 artículos, distribuidos en siete capítulos) regulan de forma detallada la estructura de gobierno de la Junta: la Asamblea de Usuarios como máxima autoridad, una Junta Directiva de siete miembros (Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Fiscal y dos Vocales) electa por dos años con posible reelección consecutiva, y cuatro Comités de Apoyo (Microcuenca, Operación y Mantenimiento, Saneamiento y Educación de Usuarios, y Vigilancia). También se definen derechos y obligaciones de los miembros, el régimen patrimonial (tarifas, donaciones, herencias, legados), las causales y el procedimiento de disolución y liquidación, y disposiciones generales sobre vigencia y ejercicio financiero. El fundamento legal de la resolución incluye el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 (delegación de competencia al Secretario de Gobernación y Justicia), los artículos 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, artículos 34 a 39 de su Reglamento General, el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República, artículos de la Ley General de la Administración Pública, del Código Civil y de la Ley de Procedimiento Administrativo. La solicitud fue presentada por la Abogada Yessica Aracely Romero Aguilar en representación de la organización, siendo resuelta favorablemente el 5 de noviembre de 2025 y certificada el 22 de diciembre de 2025. En términos prácticos, esta resolución formaliza legalmente a la organización comunitaria, permitiéndole actuar como persona jurídica capaz de recibir fondos, donaciones y financiamiento, suscribir convenios con entes públicos y privados, y ejercer cobros por el servicio de agua. Además, queda obligada a inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad, a remitir su expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) para su inscripción, y a presentar anualmente estados financieros auditados ante el Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS), sometiéndose a la supervisión de la Secretaría de Gobernación en cuanto a transparencia y cumplimiento de sus fines.
Decreto: Resolución No. 1514-2025
La Gaceta N°: 37,066
Vigencia: 10 de febrero del 2026
Resumen: Se otorga personalidad jurídica y se aprueban los estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Fuente de Vida Nueva Concepción, del municipio de El Triunfo, Choluteca, estableciendo su estructura de gobierno, patrimonio, régimen de disolución y obligaciones de rendición de cuentas ante ERSAPS y la Secretaría de Gobernación.