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Nueva LeyLa Gaceta N° 37,1224 de agosto de 2026

Acuerdo 155-2026 de actualización de impuestos específicos sobre cigarrillos y bebidas

La Secretaría de Finanzas ajustó en 4.98% los impuestos específicos sobre cigarrillos, bebidas gaseosas, alcohólicas y alcohol etílico, conforme a la variación del IPC de diciembre de 2025. El impuesto sobre cigarrillos se fija en L. 655.40 por millar. El acuerdo incluye tablas de códigos arancelarios y tarifas diferenciadas por tipo de bebida y establece obligaciones de reporte para productores e importadores.

Cambio principal: Acuerdo 155-2026 de actualización de impuestos específicos sobre cigarrillos y bebidas

El acuerdo ajusta en 4.98% el Impuesto de Producción y Consumo que recae sobre cigarrillos, bebidas gaseosas, bebidas alcohólicas y otras bebidas preparadas, así como alcohol etílico. El ajuste responde a la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a diciembre de 2025, publicado por el Banco Central de Honduras. Con esta actualización, el impuesto específico sobre cigarrillos se establece en L.

655.40 por cada millar o fracción de millar. El acuerdo incluye tablas detalladas con códigos arancelarios y montos específicos para cada categoría de producto: cigarrillos (incluyendo electrónicos), bebidas gaseosas, cerveza, vinos, champagne, brandy, ron, aguardiente, gin, vodka, licores y alcohol etílico, cada uno con su correspondiente tarifa por litro o millar según corresponda.

Se instruye a la Administración Aduanera de Honduras a implementar en el Sistema SARAH los códigos de precisión establecidos. La Secretaría de Desarrollo Económico debe informar a la SIECA para actualizar la Plataforma Informática Comunitaria (PIC). El IHADFA supervisará el cumplimiento de regulaciones sobre control del tabaco y cigarrillos electrónicos.

Los productores e importadores tienen la obligación de proporcionar mensualmente a la Dirección General de Política Tributaria los precios de venta al distribuidor. El acuerdo entra en vigencia dos meses después de su publicación y deroga el Acuerdo 125-2025.

Otra novedad de esta Gaceta: Derogación de Acuerdo 125-2025

El artículo 10 del Acuerdo 155-2026 deroga expresamente el Acuerdo 125-2025, que contenía la anterior estructura y montos de impuestos sobre cigarrillos y bebidas. Esta derogación sustituye completamente el régimen anterior por las nuevas tarifas ajustadas conforme al IPC de diciembre de 2025.

Esta ficha es un briefing editorial de Biblioteca Legal HN. El texto oficial está en La Gaceta N° 37,122; si hay una ley relacionada, el articulado vigente está en la colección enlazada.