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ReformaLa Gaceta N° 37,15328 de julio de 2026

Reforma a Estructura Tarifaria Transitoria de ENEE para la Isla de Guanaja (Comisión Reguladora de Energía Eléctrica)

La Gaceta N° 37,153 (28 de mayo de 2026) introduce reformas a Estructura Tarifaria Transitoria de ENEE para la Isla de Guanaja (Comisión Reguladora de Energía Eléctrica). Se modifican 1 artículo(s).

La CREE amplió por seis meses adicionales la vigencia de la estructura tarifaria transitoria que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) aplica a los usuarios finales de la Isla de Guanaja, Departamento de Islas de la Bahía, y ordenó a ENEE continuar operando el sistema eléctrico aislado de dicha isla por ese mismo plazo, mientras se define el esquema definitivo de operación de la actividad de distribución. Esta tarifa había sido aprobada originalmente por el Acuerdo CREE-06-2025 para regir a partir del 1 de febrero de 2025 "mientras dure el período de intervención, el cual no podrá exceder de dos años conforme con lo establecido en el artículo 8 de la Ley General de la Industria Eléctrica". El marco legal invocado incluye la LGIE (Decreto 404-2013 y sus reformas), la Ley Especial para Garantizar el Servicio de Energía Eléctrica como un Bien Público de Seguridad Nacional y un Derecho Humano (Decreto 46-2022), el Reglamento de Tarifas (arts. 155 y 157) y la Ley Constitutiva de ENEE (Decreto 48 de 1957), que la faculta a operar y administrar instalaciones eléctricas y ejecutar proyectos de generación, transmisión y distribución. El antecedente directo es la intervención integral que la Secretaría de Energía ordenó en 2024 (Acuerdo SEN-41-2024) del sistema eléctrico operado de hecho por Bonacco Electric Company (BELCO) en Guanaja, por mala calidad del servicio y altos costos, delegando su administración a ENEE. Al vencerse el plazo de intervención, BELCO manifestó formalmente en un acta de reunión de coordinación, de fecha 11 de mayo de 2026, la "imposibilidad material" de reasumir la operación el 15 de mayo de 2026 por falta de personal, por lo que el Estado, a través de la CREE, instruyó a ENEE continuar operando el sistema. En términos prácticos, los usuarios finales de Guanaja seguirán pagando la misma tarifa transitoria sin cambios inmediatos durante los próximos seis meses, mientras la CREE revisa los nuevos costos de inversión y operación reportados por ENEE (incluyendo mejoras verificadas en una inspección del 12 de mayo de 2026 en la zona de Mangrove) para actualizar el pliego tarifario. Además, se exige a ENEE llevar contabilidad separada entre generación y distribución y presentar en 15 días hábiles un informe de activos incorporados, costos de generación y un cronograma de separación contable, lo que anticipa un futuro ajuste tarifario formal.

Ley Afectada: Estructura Tarifaria Transitoria de ENEE para la Isla de Guanaja (Comisión Reguladora de Energía Eléctrica) (Acuerdo CREE-06-2025 (modificado por Acuerdo CREE-33-2026))

Sustento Jurídico del Cambio: Acuerdo CREE-33-2026, La Gaceta N° 37,153

Fecha de Publicación Oficial: 28 de mayo de 2026

Acuerda PRIMERO (y SEGUNDO en el nuevo acuerdo) — La Gaceta N° 37,153

Antes: "PRIMERO: Aprobar el Costo de Servicio y la Estructura Tarifaria Transitoria que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en su calidad de operador de la Isla de Guanaja deberá de aplicar a sus usuarios a partir del uno (01) de febrero de dos mil veinticinco (2025), mientras dure el período de intervención, el cual no podrá exceder de dos años conforme con lo establecido en el artículo 8 de la Ley General de la Industria Eléctrica."

Después: "PRIMERO: Al efecto de garantizar la continuidad del suministro de energía eléctrica en la Isla de Guanaja, Departamento de Islas de la Bahía, la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) deberá continuar operando el sistema aislado, por un plazo de seis (06) meses, mientras se define el esquema de operación de la actividad de distribución en dicha isla. SEGUNDO: Ampliar la vigencia de la estructura tarifaria transitoria aprobada mediante el Acuerdo CREE-06-2025 de fecha veintisiete (27) de enero de dos mil veinticinco (2025), la cual deberá ser aplicada por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a los usuarios finales del servicio de distribución de energía eléctrica en la Isla de Guanaja, que deberá aplicar por seis (06) meses, sin menoscabo del proceso de actualización de la misma."