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ReformaLa Gaceta N° 37,1724 de agosto de 2026

Reforma a Plan de Arbitrios del Distrito Central

La Gaceta N° 37,172 (2026-06-19) introduce reformas a Plan de Arbitrios del Distrito Central. Se modifican 1 artículo(s).

Modificación de artículo 127 del Plan de Arbitrios vigente para exonerar artistas invitados de licencias temporales y fomentar cultura.

Ley Afectada: Plan de Arbitrios del Distrito Central (ACUERDO 038-2026)

Sustento Jurídico del Cambio: Corporación Municipal del Distrito Central, La Gaceta N° 37,172

Fecha de Publicación Oficial: 2026-06-19

Artículo 127 - Licencias de Operación Temporal — La Gaceta N° 37,172

Antes: Toda actividad temporal requería permiso de operación temporal, incluidos artistas, músicos, actores y similares, con obligación de pago de tarifa correspondiente.

Después: Se exonera de solicitar licencias y pago a artistas (músicos, actores), DJs, bandas, agrupaciones, intérpretes, comediantes que participen como invitados o contratados en eventos de terceros. Responsabilidad recae en organizador del evento.