Reforma a Plan de Arbitrios del Distrito Central
La Gaceta N° 37,172 (2026-06-19) introduce reformas a Plan de Arbitrios del Distrito Central. Se modifican 1 artículo(s).
Modificación de artículo 127 del Plan de Arbitrios vigente para exonerar artistas invitados de licencias temporales y fomentar cultura.
Ley Afectada: Plan de Arbitrios del Distrito Central (ACUERDO 038-2026)
Sustento Jurídico del Cambio: Corporación Municipal del Distrito Central, La Gaceta N° 37,172
Fecha de Publicación Oficial: 2026-06-19
Artículo 127 - Licencias de Operación Temporal — La Gaceta N° 37,172
Antes: Toda actividad temporal requería permiso de operación temporal, incluidos artistas, músicos, actores y similares, con obligación de pago de tarifa correspondiente.
Después: Se exonera de solicitar licencias y pago a artistas (músicos, actores), DJs, bandas, agrupaciones, intérpretes, comediantes que participen como invitados o contratados en eventos de terceros. Responsabilidad recae en organizador del evento.