Volver a actualizaciones
Nueva LeyLa Gaceta N° 37,1001 de agosto de 2026

Reglamento de la Ley Orgánica del Colegio de Nutricionistas y Dietistas de Honduras

Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica del CNDH (Decreto 171-2009), regulando el ejercicio profesional de nutricionistas y dietistas, derechos y deberes de los colegiados, régimen disciplinario, y la organización interna del Colegio (Asamblea General, Junta Directiva, Fiscalía y Tribunal de Honor).

La Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Nutricionistas y Dietistas de Honduras (CNDH) aprobó un extenso Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica del Colegio (Decreto No. 171-2009), estableciendo definiciones técnicas (alimentación, dietética, nutrición, seguridad alimentaria, etc.), los requisitos de incorporación y ejercicio profesional, los derechos y deberes de los colegiados, el régimen disciplinario y de sanciones (suspensiones de uno a doce meses según la falta), la organización interna del Colegio (Asamblea General, Junta Directiva de nueve miembros, Fiscalía, Tribunal de Honor de cinco miembros titulares y cinco suplentes), y las funciones detalladas de cada cargo directivo (Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería, Vocalías). El marco institucional corresponde al CNDH como entidad autónoma de derecho público interno con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada por el Decreto No. 171-2009. El Reglamento fija reglas procesales para sanciones disciplinarias (traslados de 10 y 5 días, audiencias en 15 días hábiles, resoluciones en 3 días, recursos de revocatoria y apelación) y detalla el calendario fijo de la Asamblea General Ordinaria (28 de marzo de cada año, con posibilidad de posponerla hasta 20 días por causas de fuerza mayor). Este Reglamento no deroga expresamente otra norma, sino que desarrolla y operacionaliza la Ley Orgánica preexistente del CNDH, llenando vacíos regulatorios sobre el ejercicio profesional, el régimen ético y la estructura de gobierno del gremio. En términos prácticos, el Reglamento afecta directamente a los profesionales de nutrición y dietética colegiados en Honduras, quienes quedan sujetos a nuevas obligaciones de reporte, pago de cuotas, régimen disciplinario detallado y prohibiciones específicas en el ejercicio profesional (como la prohibición de delegar funciones privativas o revelar secreto profesional). También es relevante para instituciones públicas y privadas de salud que contratan nutricionistas, pues clarifica quiénes pueden ejercer legalmente la profesión y las consecuencias de hacerlo sin la colegiación correspondiente.

Decreto: Sin número de decreto (aprobado por Asamblea General Extraordinaria del CNDH, en uso del Artículo 28 numeral 4 de la Ley Orgánica del CNDH, Decreto No. 171-2009)

La Gaceta N°: 37,100

Vigencia: A partir de la aprobación de su contenido por la Asamblea General (dado el 1 de abril de 2023, publicado el 21 de marzo de 2026)

Resumen: Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica del CNDH (Decreto 171-2009), regulando el ejercicio profesional de nutricionistas y dietistas, derechos y deberes de los colegiados, régimen disciplinario, y la organización interna del Colegio (Asamblea General, Junta Directiva, Fiscalía y Tribunal de Honor).