Acuerdo de integración de la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial Con Chamba Vivís Mejor de Honduras
Consulta el texto vigente y completo del Acuerdo de integración de la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial Con Chamba Vivís Mejor de Honduras.…
Consulta el texto completo y actualizado del Acuerdo de integración de la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial Con Chamba Vivís Mejor de Honduras, artículo por artículo. Esta página es el documento vigente en Biblioteca Legal HN — no el índice de la colección ni la portada del sitio.
Publicada en La Gaceta N° 37,123.
Si buscas Acuerdo de integración de la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial Con Chamba Vivís Mejor de Honduras vigente, Acuerdo de integración de la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial Con Chamba Vivís Mejor de Honduras actualizado o Acuerdo de integración de la Comisión Liquidadora del Programa Presidencial Con Chamba Vivís Mejor de Honduras 2026, el articulado de esta URL es la respuesta. Las reformas publicadas en La Gaceta se incorporan aquí y se resumen en Actualizaciones Legales.
General
Sección B — Sección A Acuerdos y Leyes
Artículo 1
Se ordena a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), asignar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, correspondiente al año 2026 y subsiguientes, una partida presupuestaria destinada a apoyar las labores sociales y humanitarias que realiza la “OBRA HERMANAS DE JESÚS BUEN SAMARITANO” en el Departamento de Cortes; la asignación económica autorizada mediante el presente Decreto será por un monto anual de DOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.2,000,000.00), los cuales deben destinarse exclusivamente al sostenimiento de los programas de atención, alimentación, medicamentos, terapias, cuidados médicos, rehabilitación y demás necesidades de las personas que residen en el hogar administrado por dicha congregación.
Artículo 2
Los recursos asignados mediante el presente Decreto deberán ser A.
Sección A Acuerdos y Leyes
Artículo 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete días del mes de abril de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 9 de abril de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA A.
Sección A Acuerdos y Leyes — Sección B Avisos Legales
Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 22 A. y 8 M. 2026 Número de Solicitud: 2024-7482 Fecha de Presentación: 2024-11-13 Fecha de emisión: 27 de noviembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Vitesse Producciones S.A. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Alberto Álvarez Suárez E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VITESSE G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos presentes en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios publicitarios; servicios publicitarios de prensa; análisis publicitarios; diseño de logotipos publicitarios; producción de grabaciones de vídeo con fines publicitarios; producción de cintas de vídeos, discos de vídeos y grabaciones audiovisuales con fines promocionales; publicidad de sitios web comerciales; desarrollo del contenido publicitario para terceros; edición de textos publicitarios; elaboración y aplicación de estrategias de marketing para terceros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.