Artículo 1062 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Las asignaciones testamentarias bajo condición suspensiva no otorgan derechos al beneficiario mientras la condición no se cumpla, solo pudiendo solicitar medidas para proteger los bienes. Si el beneficiario fallece antes de que la condición se realice, su derecho desaparece sin transmitirse a sus herederos. Una vez cumplida la condición, el beneficiario solo tiene derecho a los frutos o ganancias generadas durante la espera si el testador expresamente se lo permitió.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las asignaciones testamentarias bajo condición suspensiva, no confieren al asignatario derecho alguno, mientras pende la condición, sino el de implorar las providencias conservativas necesarias.
Si el asignatario muere antes de cumplirse la condición, no transmite derecho alguno.
Cumplida la condición, no tendrá derecho a los frutos percibidos en el tiempo intermedio, si el testador no se los hubiere expresamente concedido.