Artículo 1212 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El poseedor de una herencia debe devolver los frutos que obtuvo de ella y tiene derecho a que se le paguen las mejoras que realizó, aplicándose las mismas normas que se usan en la acción reivindicatoria de bienes. Esto significa que quien reclama una herencia puede exigir la devolución de lo producido por los bienes hereditarios y, a su vez, debe compensar al poseedor anterior por las inversiones que hizo en la herencia.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

A la restitución de los frutos y al abono de mejoras en la petición de herencia, se aplicarán las mismas reglas que en la acción reivindicatoria.