Artículo 1319 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Si el donante fallece antes de que el donatario acepte la donación, el donatario conserva el derecho de aceptarla posteriormente, y en ese caso los herederos del donante están obligados a entregar la cosa que fue donada. Esto significa que la muerte del donante no extingue automáticamente la donación, sino que permite al donatario aún aceptarla dentro del plazo legal correspondiente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si el donante muere antes que el donatario haya aceptado la donación, puede este, sin embargo, aceptarla, y los herederos del donante están obligados a entregar la cosa donada.