Artículo 138 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El artículo 138 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y no puede ser aplicado en ningún caso. Esta disposición fue eliminada del ordenamiento jurídico hondureño, por lo que cualquier referencia a ella carece de efecto legal.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.