Artículo 138 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El artículo 138 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y no puede ser aplicado en ningún caso. Esta disposición fue eliminada del ordenamiento jurídico hondureño, por lo que cualquier referencia a ella carece de efecto legal.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.