Artículo 145 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El Artículo 145 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y no puede ser aplicado en Honduras. Por lo tanto, cualquier disposición que contenía anteriormente ha sido eliminada del ordenamiento jurídico y no produce efectos legales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.