Artículo 148 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El Artículo 148 ha sido derogado, lo que significa que fue eliminado del ordenamiento legal y ya no tiene vigencia ni aplicación. Por lo tanto, no produce efectos jurídicos y no puede ser invocado como fundamento legal en ningún caso.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.