Artículo 151 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El artículo 151 ha sido derogado, lo que significa que ha sido eliminado del ordenamiento jurídico y ya no tiene validez legal ni aplicabilidad. Por lo tanto, no genera obligaciones ni derechos a ninguna persona en Honduras.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.