Artículo 1521 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El artículo 1521 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y ha sido eliminado del ordenamiento jurídico hondureño. Por lo tanto, no produce efecto jurídico alguno y no puede ser invocado como fundamento legal para ningún acto o decisión.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.