Artículo 1543 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Los contratos se clasifican en principales, que existen de forma independiente sin depender de otros acuerdos, y accesorios, que tienen la finalidad de garantizar el cumplimiento de una obligación principal y dependen de ella para su existencia.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El contrato es principal, cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención; accesorio, cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no pueda subsistir sin ella.