Artículo 1571 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Si en un contrato se menciona una razón o motivo que resulta ser falso, el contrato será nulo a menos que se demuestre que existe otra causa verdadera y legal que realmente lo fundamenta. Esta disposición protege a las partes de contratos celebrados bajo engaño respecto a sus verdaderas motivaciones, permitiendo su invalidación cuando la causa expresada no es real, salvo que exista una causa lícita verdadera que lo sustente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.