Artículo 1595 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La nulidad de un acto jurídico, tanto absoluta como relativa, puede ser invocada como medio de defensa en cualquier momento que se discuta el acto ante los tribunales. Esta excepción puede ser presentada por cualquier persona interesada sin necesidad de iniciar un juicio específico para declararla.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La nulidad, ya sea absoluta o relativa, puede oponerse siempre como excepción.