Artículo 2005 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La transacción sobre alimentos futuros de personas que tienen derecho a recibirlos por ley requiere de aprobación judicial para ser válida. El juez no puede aprobar esta transacción si viola lo establecido en los artículos 403 y 404, que protegen los derechos alimentarios de las personas.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La transacción sobre alimentos futuros de las personas a quienes se deben por la ley, no valdrá sin aprobación judicial, ni podrá el juez aprobarla si en ella se contraviene lo dispuesto en los artículos 403 y 404.