Artículo 2073 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El acreedor que recibe una cosa en prenda no puede utilizarla sin obtener permiso previo del dueño de esa cosa. Esta disposición protege el derecho de propiedad del dueño, permitiendo que solo él decida si autoriza el uso de su bien mientras está prendado.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
No usará al acreedor de la cosa dada en prenda, sin consentimiento del dueño.