Artículo 2132 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Cada copropietario de un inmueble tiene derecho a hipotecar su porción indivisa o una parte específica del bien inmueble que comparte con otros, sin embargo, esta hipoteca quedará sujeta a los resultados finales que se determinen cuando se realice la división o venta del inmueble entre los copropietarios. Por lo tanto, la validez y alcance de la hipoteca dependerá de cómo se resuelva el proceso de partición o licitación del bien común.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Cada uno de los condueños de un inmueble puede hipotecar su parte indivisa en el inmueble común, o una parte materialmente determinada del inmueble; pero los efectos de tal constitución quedan subordinados al resultado de la partición o licitación entre los condueños.