Artículo 2273 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La posesión que genera derechos legales debe ser ejercida por quien se comporta como propietario, de manera abierta y sin enfrentamientos con terceros. Esta posesión debe mantenerse de forma continua sin interrupciones, es decir, sin abandonos o cesaciones que rompan la continuidad temporal requerida por la ley.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La posesión ha de ser en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida.