Artículo 281 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El artículo 281 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y no puede ser aplicado en Honduras. Esta disposición fue eliminada del ordenamiento jurídico y ha sido sustituida o simplemente eliminada sin reemplazo.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.