Artículo 281 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El artículo 281 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y no puede ser aplicado en Honduras. Esta disposición fue eliminada del ordenamiento jurídico y ha sido sustituida o simplemente eliminada sin reemplazo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.