Artículo 378 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El Artículo 378 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia ni aplicación legal en el ordenamiento jurídico hondureño. Por lo tanto, no contiene disposiciones que regulen materia alguna.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derogado.