Artículo 43 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La derogación de una ley puede ser expresa, cuando la nueva ley menciona explícitamente que deroga la anterior, o tácita, cuando las disposiciones de la nueva ley son incompatibles con las de la ley anterior, sin necesidad de una mención directa. En ambos casos, el resultado es que la ley anterior pierde su vigencia total o parcial.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La derogación de la ley puede ser expresa o tácita.
Es expresa, cuando la nueva ley dice expresamente que deroga la anterior.
Es tácita, cuando la nueva ley contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la ley anterior.