Artículo 1090 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Si se pierden los documentos de transporte (cartas de porte), los conflictos se resolverán según las pruebas que presenten las partes involucradas, siendo responsabilidad del cargador demostrar que entregó efectivamente la mercancía. Esta disposición establece que la pérdida del documento no impide resolver disputas, pero traslada la carga probatoria al cargador respecto a la entrega de la carga.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Cuando se extraviaren las cartas de porte, las cuestiones que surjan se decidirán por las pruebas que rindan los interesados, incumbiendo siempre al cargador la relativa a la entrega de la carga.