Artículo 1117 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La empresa aseguradora debe entregar al asegurado una copia o duplicado de la póliza y de las declaraciones de la oferta cuando este lo solicite, siendo los gastos de expedición responsabilidad del asegurado. Esta obligación garantiza que el asegurado tenga documentación de respaldo sobre los términos y condiciones de su contrato de seguros.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La empresa aseguradora tendrá la obligación de expedir, a solicitud y a costa del asegurado, copia o duplicado de la póliza, así como de las declaraciones hechas en la oferta.