Artículo 1314 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Las empresas mercantiles y los buques pueden ser objeto de hipoteca como garantía de obligaciones. En el caso específico de los buques, se aplican las normas del Código de la Navegación, y en su defecto, se recurre a las disposiciones del Código Civil para resolver lo no previsto.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Podrán darse en hipoteca las empresas mercantiles y los buques.

La hipoteca sobre buques se regirá por las disposiciones del Código de la Navegación y a falta de este por el Código Civil.