Artículo 851 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El certificado de depósito emitido por un almacén autorizado acredita que los bienes están disponibles en ese almacén, mientras que el bono de prenda constituye una garantía crediticia sobre esos mismos bienes. Los documentos expedidos por almacenes no autorizados por la Secretaría de Hacienda no tienen validez como títulos-valores en Honduras.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El certificado de depósito acreditará la disponibilidad sobre los bienes depositados en el almacén que lo emita; el bono de prenda, la constitución de un crédito prendario sobre los bienes indicados en el certificado de depósito correspondiente.

Los documentos expedidos por almacenes no autorizados por la Secretaría de Hacienda, no tendrán la consideración de títulos-valores.