Artículo 995 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Los créditos que respaldan la emisión de cédulas hipotecarias solo pueden utilizarse para comprar bienes inmuebles, realizar obras o mejoras en estos, o invertirse en otras actividades rentables y productivas. La institución que otorga el crédito tiene derecho a supervisar y controlar cómo se utilicen los fondos prestados.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los créditos concedidos, que sirvan de base a la emisión de cédulas hipotecarias, no podrán invertirse sino en bienes inmuebles, obras o mejoras de los mismos, o en cualquier otra clase de inversión rentable o productiva.
La institución acreedora podrá intervenir el destino de los fondos, importe del crédito concedido.