Artículo 121 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

El artículo 121 ha sido derogado, lo que significa que fue eliminado del ordenamiento jurídico y ya no tiene validez legal ni aplicación. Por lo tanto, no produce efecto jurídico alguno y no puede ser invocado para fundamentar ninguna acción o derecho.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.