Artículo 161 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

El artículo 161 ha sido derogado, lo que significa que ha sido eliminado o anulado y ya no tiene validez legal ni aplicación en el ordenamiento jurídico hondureño. Por lo tanto, no contiene disposiciones vigentes que deba considerarse.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.