Artículo 3 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
El presente Código tiene carácter de orden público, lo que significa que sus disposiciones son imperativas e inderogables por la voluntad de los particulares. En consecuencia, las normas contenidas en este Código prevalecen sobre cualquier otra ley que trate la misma materia, asegurando su aplicación preferente y uniforme.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las disposiciones contenidas en el presente Código son de orden público y se aplicarán preferentemente a cualesquiera otras disposiciones legales sobre la materia.