Artículo 331 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

La línea recta descendente es la que va desde una persona hacia sus hijos, nietos y demás descendientes, mientras que la línea recta ascendente es la que sube desde una persona hacia sus padres, abuelos y antepasados. En ambos casos, los grados de parentesco se cuentan por el número de generaciones o personas que existen entre ellas, sin contar la del ancestro común.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Cuando en la línea recta, se cuenta bajando del tronco a los otros parientes, se llama descendente; y cuando se cuenta subiendo de uno de los parientes al tronco se llama ascendente.

En la línea recta, sea descendente o ascendente hay tantos grados como generaciones, o sea como personas, sin incluirse la del tronco común.